A- de 2025
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Ministerio De Salud Y De La Proteccion Social·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se niega solicitud por no contener una suficiente carga argumentativa que demuestre la existencia de “verdaderas dudas o ambigüedades” en el Auto
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 NIEGA la solicitud de aclaración del Auto 504/25, presentada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Dicha cartera ministerial argumentó que la Corte (i) no contaba con razones técnicas para haber declarado la existencia de un rezago en el valor de la UPC, (ii) le otorgó unas facultades para regular la mesa y luego modificó subreglas sin previo aviso, (iii) carece de competencia en relación con asuntos que, en su parecer, competen exclusivamente al ministerio y (iv) contradijo lo ordenado en el Auto 007/25 de 2025 con las directrices impartidas en el Auto 504 en mención.
Además de lo anterior, la entidad formuló 37 interrogantes relacionados con la precitada providencia.
Encontró la Sala que la pretensión de aclaración no cumplió con el requisito de carga argumentativa, en tanto se dirigió principalmente a reabrir un debate fenecido, cuestionar consideraciones de la Corporación, elevar peticiones que distan de una aclaración, interrogar más que aclarar dudas, buscar lineamientos sobre cómo ejecutar algunos de los mandatos establecidos y señalar que la Corte se contradijo en algunas de sus determinaciones.
Con base en lo anterior, la Sala Plena RECHAZÓ por improcedente la aclaración invocada en esta oportunidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Rechazar por improcedente la solicitud de aclaración presentada por el director jurídico (E) del Ministerio de Salud y Protección Social en contra del Auto 504 de 2025 por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Informar al peticionario que contra esta providencia no procede ningún recurso.
- Tercero. Proceda la Secretaría General de esta corporación a comunicar este proveído, acompañando copia integral del mismo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.